Salario del comerciante de fondos
5.2. Limites de salarios a pagar por FOGASA. En cuanto a los salarios, el Fondo de Garantía Salarial abonará hasta el doble del salario mínimo interprofesional diario con inclusión de pagas extras, multiplicado por el número de dinas pendientes de pago y con una limitación de 120 días. De esta manera, los límites son los siguientes: Al respecto, s eñala Goldschmidt (2009) en su Curso de Derecho Mercantil, que dentro de un régimen con base objetiva el concepto primario no es el del comerciante sino el del acto de comercio y que el comerciante es la persona que realiza profesionalmente actos de comercio. Su aporte al fondo de ahorro es el 10% de su salario: $2,500. En el caso del empleado, el incentivo fiscal para acumular recursos e invertir a través del fondo de ahorro (y no a través de una cuenta personal) es que los intereses están exentos del pago del ISR.